Bibliográfica VII

 

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Guías de buena práctica ético legal en vih/sida: Guías para el consentimiento informado”, vol. I , nº 1, Ignacio Maglio Arkhetypo, Buenos Aires, setiembre 1999, 58 págs.Guías de buena práctica ético legal en vih/sida: Confidencialidad, vol. II, nª 2, Arkhetypo, Buenos Aires, abril 2000, 48 págs. Por Luis Guillermo Blanco.

En ciertas ocasiones, el título de una obra no sólo da cabal idea de su contenido, sino también de su intención, y es esto lo que acontece con las -bien denominadas- guías que Ignacio Maglio viene elaborando, habiendo sido publicados a la fecha dos ejemplares.

Con respecto a dicha intención, es claro Maglio en la “Introducción” de su primera entrega, al decir que estas guías “se han elaborado pensando tanto en las necesidades de los equipos de salud, en su faz preventiva y asistencial, como así también en la obligación común de respetar los derechos fundamentales de las personas que viven con vih/sida”, caracterizándolas como “herramientas” –indicativas, orientativas- destinadas a tales fines (pp. 9/10). Y si bien, como dice el doctor Pedro F. Hooft en el “Prólogo” de este ejemplar (p. 7), sus dos primeros capítulos estarían “destinados de modo especial a especialistas en infectología”, nos permitimos entender que la clara información que Maglio brinda -en ambos ejemplares- se encuentra al alcance de cualquier persona medianamente culta que tenga interés -o que, en razón de su profesión, debería tenerlo- en estas materias.

Las presentaciones de uno y otro fascículo pertenecen a Guillermo Prado, quien, en el primero de ellos, destaca el espíritu humanista que refleja Maglio en sus conceptos, a lo cual creemos que corresponde aditar que aquellos provienen de un profesional -abogado, diplomado en Salud Pública- comprometido en el tema, que cuenta con amplia experiencia en cuestiones sanitarias, tanto por sus labores en el Hospital General de Infecciosas “Francisco J. Muñíz” como en otras instituciones (INCUCAI, etc.). Y esto es relevante, pues los aspectos teóricos, éticos y jurídicos, que Maglio expone, se encuentran destinados al logro de esa “buena práctica”.          En el primer volumen, destinado al consentimiento informado (CI), Maglio trata, en general, acerca de la epidemia del vih/sida y sus representaciones sociales, y luego, se explaya sobre los principios, reglas y derechos que priman en la especie (cap. 1). Y si bien puede discutirse –de buena fe y según otras posturas serias- parte de la fundamentación ética a la que recurre, lo cierto es que la dignidad de la persona humana –considéresela o no como un metaprincipio- es dirimente en la materia, pues a ella deben atender los temperamentos que se adopten en la práctica clínica. El temáticamente completo cap. 2 versa sobre el CI, mereciendo destacarse la precisión con que Maglio diferencia a esta regla bioética del “consentimiento” (contractual) previsto en nuestro Código Civil, así como también, muy especialmente, sus opiniones referentes a la información que cabe brindar a los menores de edad y la debida participación de estos últimos en el proceso comunicacional participativo que el CI entraña. Tres anexos completan este ejemplar: la ley de sida 23.798 y su decreto reglamentario obran en el primero, y algunas declaraciones internacionales sobre vih/sida y derechos humanos en el tercero. Y el segundo es clave, pues –fuera de algunos conceptos jurisprudenciales acerca del CI- Maglio supo incluir aquí una serie de modelos de CI, cuyo empleo para el logro de la “buena práctica” impone de suyo.

Y en el segundo volumen, Maglio se explaya acerca de la intimidad, la privacidad y la confidencialidad (cap. 1), centrándose luego en esta última, por supuesto, con particular referencia al vih/sida (cap. 2). Su riguroso análisis de las excepciones a la confidencialidad en la materia –con particular referencia hermenéutica al inc. 7. del art. 2º del decreto 1244/9, que permite suministrar la información de que una persona se encuentra afectada por el vih/sida, “bajo responsabilidad del médico a quien o quienes deban tener esa información para evitar un mal mayor”- son dignas de mención. Un vaso anexo normativo -jurídico y deontológico- referente a la confidencialidad completa esta entrega.

Cumplen acabadamente ambos fascículos la intención del autor. La instrumentación de estas guías, es decir,  su aplicación práctica, queda en manos –o en la conciencia- de sus destinatarios originales: los profesionales de la salud. Esperamos que sepan hacerlo, pues la “buena práctica ético legal en hiv/sida” asi lo requiere. Mas bien, lo impone.

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Última modificación:Jueves, 10 de Junio de 2004