Dictamen

 

Dirección Académica:
Dra. Teodora Zamudio

Secretarios de Redacción:
  Carlos Burger
 Liliana Siede 

 

Fabiana Ciardello de Arzuaga
(Tecnologías)
Viviana Figueroa
(Derechos Humanos)


Secretarios Académicos:
 Ana M. Spadafora (Antropología)
 Matías Surraco
(Medicina)

 

Tema: Consideraciones éticas sobre la esterilización. Recomendaciones sobre los aspectos éticos de la reproducción humana. Comité para el estudio de los aspectos éticos de la reproducción humana de la federación internacional de ginecología y obstetricia (F.I.G.O.)

El control responsable de la procreación cuenta con amplia aceptación social. Sin embargo, ninguno de los métodos corriente para el control de la fertilidad satisface el ideal de seguridad, efectividad, reversibilidad, facilidad y economía, para su empleo y aceptación generalizada tanto ética como religiosa. Los consejos para la contracepción y la prestación de los cuidados contraceptivos son claros ejemplos de los cuidados médicos requeridos para aspectos que son distintos al tratamiento de una enfermedad. Además, las decisiones sobre esterilización envuelven personales y, por lo tanto, pueden verse ligadas a influencias médicas inadecuadas. Las consideraciones éticas se desenvuelven a partir de esos únicos y controvertidos aspectos del control de la fertilidad.

La esterilización quirúrgica se ha convertido en uno de los métodos de anticoncepción más generalizados. La esterilización difiere de otros métodos anticonceptivos porque, en teoría, elimina toda otra opción futura de procrear (sin embargo nuevas tecnologías reproductivas han alterado la finalidad de algunas técnicas de esterilización). La intención de permanencia disminuye para pacientes y médicos la necesidad de considerar un grupo especial de normas éticas y la bien documentada posibilidad del tardío arrepentimiento de la paciente.

 

Principios generales de ética

1. Los individuos tienen el derecho de buscar o rehusar el cuidado médico

  1. El médico que asiste a un paciente en ejercicio de este derecho debe siempre adecuar su conducta en primer lugar para el beneficio del paciente, reconociendo que son fundamentales los valores personales del mismo.

  2. Aunque apoyando la elección del paciente en ejercicio de su derecho, el médico debe retener el control responsable de sus propias decisiones y acciones para no convertirse en mero agente de los pacientes u otras personas en temas que involucran el juicio médico o la conciencia personal.

2. En toda práctica médica y quirúrgica se debe determinar que la elección del tratamiento es apropiada y que el médico es técnicamente competente para realizar el tratamiento elegido.

3. La disposición de obtener el consentimiento libre e informado debe ser mantenida en forma rigurosa. Este consentimiento debe ser dado libremente después de considerar las distintas alternativas reconocidas (las que deben ser realmente utilizables). El médico que efectúa un procedimiento tiene la responsabilidad de asegurarse que el paciente ha sido aconsejado adecuadamente en lo relativo a los riesgos y beneficios del procedimiento y sus alternativas.

4. El cúmulo de datos relativos al tratamiento debe quedar bajo la protección general y el derecho a la privacidad que se acuerdan a los pacientes en todos los aspectos de la práctica y la investigación médicas.

 

Consideraciones éticas específicas

La obvia relación de la esterilización con la procreación, la potencial irreversibilidad del método y su naturaleza generalmente electiva, requieren que algunas consideraciones éticas un especial énfasis. Aunque estas consideraciones abarcan temas de elección privada e individual, ellas pueden también tener implicaciones sociales.

1. Como la posibilidad de procrear de la paciente puede afectar en forma significativa la vida de otras personas, el médico debe estimular ala paciente para que incluya a las personas interesadas en el proceso del consejo médico.

2. La omisión de otros métodos médicos para forzar el consentimiento de la paciente a fin de que se someta a la esterilización es coercitiva e inaceptable.

3. Los valores personales del médico o su apreciación de objetivos sociales no pueden ser nunca una base para urgir la esterilización. Los factores étnicos, raciales o socio-económicos no pueden nunca ser un fundamento para limitar la elección de la paciente sobre la esterilización.

4. Los derechos de las pacientes mentalmente incapaces y otras personas vulnerables, sean institucionalizados o no, deben ser cuidadosamente protegidos.

5. La histerectomía, con el único propósito de esterilización, es inapropiada por los riesgos y costos desproporcionados.

6. Las consideraciones especiales inherente al consentimiento informado relativo a la esterilización, incluyen:

  1. la esterilización se entiende como permanente;

  2. la circunstancias de la vida pueden cambiar;

  3. la paciente puede posteriormente arrepentirse de su esterilidad;

  4. la esterilización masculina puede ser una alternativa apropiada;

  5. existe una tasa mensurable de fallas con cualquier método de esterilización.

7. Existen médicos, quienes, por sus creencias religiosas o filosóficas se oponen a la esterilización en cualquier circunstancia. Los médicos pueden también encontrar situaciones en las cuales, de acuerdo con su mejor juicio, la esterilización no resultaría apropiada. Estos médicos están en su derecho para abstenerse de efectuar métodos de esterilización. Es obligación de todo médico expresar claramente cuando sus convicciones personales limitan el consejo, los servicios o el arbitraje. Los pacientes tienen el derecho de ser informados que los servicios para esterilización pueden obtenerse en otro lugar.

8. Las leyes, regulaciones y restricciones de reembolso relativas a la esterilización han sido creadas para proteger del abuso a individuos vulnerables. Sin embargo, la esterilización no puede ser negada a individuos simplemente porque ellos también pueden ser vulnerables a la coacción. Los médicos qe tratan a pacientes que solicitan o necesitan procedimientos que acarrean la esterilización pueden encontrarse en un dilema, cuando dichas restricciones interfieren con la elección del tratamiento por el paciente. Exigencias rígidas de tiempo y edad pueden restringir el acceso al buen tratamiento médico y resultar en un riesgo innecesario. En vista de los conceptos de los que surgen dichas restricciones, los médicos deben ser estimulados para buscar consulta legal o ética cuando necesario en sus esfuerzos para suministrar el tratamiento más adecuando a las situaciones individuales.

En un nivel de política pública, la profesión médica tiene la oportunidad desde la voz de la razón y la compasión, señalando cuando medidas legislativas y regulatorias, previstas para el resguardo, interfieren con la elección del paciente y el adecuado tratamiento médico.

 

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Última modificación:Jueves, 10 de Junio de 2004